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Sistema de Busqueda de Jurisprudencia de la Provincia de Corrientes

sábado, 17 de julio de 2010

MEDIACIÓN LEY Nº 5.487


LEY Nº 5.487

Art.1º‑ Institúyese la mediación en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes, como método no adversarial de resolución de conflictos, que se regirá por las disposiciones de la presente Ley.

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