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Sistema de Busqueda de Jurisprudencia de la Provincia de Corrientes
sábado, 17 de julio de 2010
MEDIACIÓN LEY Nº 5.487
LEY Nº 5.487
Art.1º‑ Institúyese la mediación en todo el ámbito de la Provincia de Corrientes, como método no adversarial de resolución de conflictos, que se regirá por las disposiciones de la presente Ley.
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